SINDICATOS, FACULTADES DE LOS DIRIGENTES DE LOS.
Los dirigentes sindicales son los órganos de representación de los trabajadores que forman dichas agrupaciones, en cuanto se refiere a su interés profesional, por lo que si la acción intentada no lo fue individualmente por dichos dirigentes, sino en ejercicio de los derechos colectivos de los miembros del sindicato, no puede estimarse que carecían de personalidad y capacidad para celebrar un convenio, por el que se renuncie al cobro de ciertos salarios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373121-a60f5e48/sindicatos-facultades-de-los-dirigentes-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6538/43. Jácome Diego y coagraviados. 25 de enero de 1945. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.
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