MUERTE DEL TRABAJADOR, BASE DEL SALARIO PARA LA INDEMNIZACION.
De acuerdo con el artículo 294 de la Ley Federal del Trabajo, cuando el salario exceda de doce pesos diarios, se tomará en consideración para fijar la indemnización esta suma, que se considera como salario máximo, tratándose de los riesgos profesionales, y si bien es cierto que esta Suprema Corte ha resuelto que es procedente tomar como base de la indemnización el salario realmente devengado por el trabajador, aun cuando sea mayor de doce pesos diarios, esto ha sido cuando así lo convinieren expresamente las partes en el contrato de trabajo, pero si no aparece que haya existido tal estipulación al celebrarse el contrato respectivo, es claro que es impertinente la aplicación de ese criterio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373194-de54527e/muerte-del-trabajador-base-del-salario-para-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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