DOCUMENTOS PRIVADOS ANTE LAS JUNTAS.
Si la empresa demandada se abstuvo de interrogar a los signatarios de los documentos presentados por el actor como prueba, y dichos documentos fueron admitidos como pruebas testimoniales con la condición de que fuesen ratificados su contenido y firma, no era indispensable que el actor examinara a los signatarios de tales documentos, para que hasta entonces la demandada formulara sus interrogatorios, si en la misma audiencia de pruebas, la Junta le fijó término para hacerlo, sin que hubiese obedecido tal prevención, por lo que se le acusó rebeldía y se giraron exhortos para el perfeccionamiento de la prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373253-7396f23e/documentos-privados-ante-las-juntas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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