PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
La personalidad de los promoventes de un juicio constitucional, debe examinarse preferentemente, por ser una cuestión en que está interesado el orden público.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373537-4e4b1535/personalidad-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2147/44. Furiarte Basilio. 18 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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