PERSONALIDAD, EXAMEN DE LA.
La personalidad de los promoventes del juicio constitucional, debe examinarse preferentemente por ser una cuestión en que está interesado el orden público.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807094-3d4f2dc1/personalidad-examen-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8913/43. Hernández Ramírez Pedro. 12 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Angel Carvajal.
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