LAUDOS, OMISIONES EN LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE LOS.
Si en la parte resolutiva de un laudo, nada se dice respecto a ciertos puntos aludidos en su parte considerativa, en el caso, respecto a la indemnización por despido injustificado y a los salarios caídos, debe concederse el amparo, a fin de que la autoridad resuelva respecto de esos puntos omitidos, en la forma que sea procedente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373804-da3f6d8d/laudos-omisiones-en-los-puntos-resolutivos-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 10190/43. Pérez Pantaleón y coagraviados. 6 de diciembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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