LAUDOS QUE OMITEN ABSOLVER O CONDENAR SOBRE UN PUNTO CUESTIONADO.
Si en el considerando de un laudo se expresa que la parte demandada adeuda dos prestaciones a la actora, y en los puntos resolutivos se absuelve a dicha parte demandada, de una de las referidas prestaciones, omitiéndose en la parte resolutiva del mismo laudo absolver o condenar al demandado respecto de la otra prestación; debe decirse que esto equivale a que quede absuelto por lo que hace a la prestación de la cual, en el laudo, se omitió absolver o condenar al demandado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/370099-6295e052/laudos-que-omiten-absolver-o-condenar-sobre-un · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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