EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
Las autoridades, al ejecutar una sentencia de amparo, no deben limitarse sólo a pronunciar nueva sentencia que se ajuste a los términos del fallo constitucional, sino que deben vigilar que esa nueva sentencia se cumpla por sus inferiores, ya que desobedecerla, es desconocer la verdad de la cosa juzgada, establecida en el juicio de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373887-12066895/ejecucion-de-sentencias-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo en materia de trabajo 617/41. Alvarez Muleiro Benito. 14 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Eduardo Vasconcelos.
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