JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
Las autoridades obrero patronales tienen facultades para juzgar en conciencia las pruebas que las partes producen ante ellas, y no puede sostenerse que sea violatorio de garantías individuales el desechamiento de datos inexactos.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 772/44. Orduña Luis G. 8 de septiembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.
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