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PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO (OBREROS PROCESADOS).

Clave: — · Registro digital (IUS): 374124 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5888

La Suprema Corte ha sostenido el criterio de que el trabajador sólo puede pedir su reinstalación, desde la fecha en que ha sido puesto en libertad por declaración de inculpabilidad hecha a su favor, en el proceso que se hubiere instruido en su contra; pero lo anterior no significa que en los casos de destitución por causa justificada, la prescripción no corra en perjuicio del destituido. En efecto, si el trabajador queda sujeto a proceso por una falta que cometió, esto trae como consecuencia la suspensión de su contrato de trabajo, y si en el proceso resulta absuelto, desde ese momento puede pedir su reinstalación, con las consecuencias que se deriven de la misma, de manera que si no se le repone, podrá proponer su demanda ante las autoridades obrero patronales, contándose la prescripción desde la fecha en que fue puesto en libertad o tuvo conocimiento de la resolución, por la cual se declaró su inculpabilidad. Pero cuando la empresa destituye al trabajador por faltas cometidas por éste, desde la fecha de la destitución nace el derecho del obrero para reclamarla, y por lo mismo, desde la propia fecha comienza a correr el término de un mes que, para la prescripción de la acción por despido injustificado, establece la fracción III, del artículo 319 de la Ley Federal del Trabajo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/374124-8b87a952/prescripcion-en-materia-de-trabajo-obreros-procesados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 2771/44. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 21 de septiembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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