EMPLEADOS PUBLICOS, TRASLACION DE LOS.
La relación existente entre un empleado y el Ejecutivo Federal, es de trabajo y la orden de movilización en caso de ser ilegal, desde el punto de vista del trabajador, no puede reclamarse en amparo, porque el Ejecutivo no tiene en el caso carácter de autoridad, sino el de particular, razón por la cual, para obtener la reparación debida, el trabajador debe recurrir ante el Tribunal de Arbitraje, de acuerdo con las disposiciones del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/374275-0736a75c/empleados-publicos-traslacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7997/43. Narváez Palacios José Francisco. 16 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Eduardo Vasconcelos.
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