EMPLEADOS PUBLICOS, AMPARO CONTRA LA ORDEN DE TRASLADO DE LOS.
La simple orden de traslado de un empleado no puede considerarse como una molestia prohibida por el artículo 16 de la Constitución Federal, sobre todo, si no se alega que la nueva residencia designada para el empleado le causa algún perjuicio en su persona, bienes o posesiones. Por otra parte, si el interesado no impugna la causal de su remoción, consistente, según la autoridad en que la requirieron necesidades del servicio, no debe exigirse a dicha autoridad que compruebe la existencia del motivo alegado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377811-681682ec/empleados-publicos-amparo-contra-la-orden-de-traslado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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