JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
Si la Junta responsable no hizo un estudio en conjunto de las pruebas rendidas, para determinar si por virtud de todas ellas podía llegarse a la conclusión de haberse demostrado la causa del fallecimiento del trabajador, sino que el estudio que hizo de los elementos probatorios, fue de carácter analítico, pues habiéndose sostenido en primer término, la tesis de que ni el certificado de autopsia, ni el dictamen de determinado médico, demuestra que el trabajador murió a consecuencia de una silicosis, en sus ulteriores consideraciones examina separadamente los demás elementos de prueba consistentes en las declaraciones de los testigos, en lo manifestado por cierto doctor y en la inspección de los libros de la empresa, de ello se deduce que no se expresó, si el conjunto de los elementos aducidos por vía de prueba son capaces de demostrar los fundamentos de la acción, y debe concederse la protección de la Justicia Federal, a fin de que la autoridad responsable dicte nuevo laudo, en el que haga un estudio en conjunto, de las pruebas rendidas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/374858-aef636be/juntas-apreciacion-de-las-pruebas-por-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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