DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER EN MATERIA DE TRABAJO, ANTERIORES A LOS ALEGATOS.
El artículo 526 de la Ley Federal del Trabajo, no es un precepto imperativo que obligue indefectiblemente a los miembros de las Juntas de Conciliación y Arbitraje a practicar las diligencias a que el mismo se refiere, pues tal precepto sólo determina una facultad de que se hallan investidos los miembros de dichas Juntas, para practicar y recibir las pruebas que estimen necesarias para el esclarecimiento de la verdad, pero sólo en los casos en que lo crean pertinente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375010-676ea111/diligencias-para-mejor-proveer-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2879/43. Ramírez González Juan. 3 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.
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