SALARIO MINIMO.
El patrono tiene la obligación de pagar el salario mínimo, independientemente de las cantidades que por algún otro concepto perciba el trabajador, entre las que se encuentran comprendidas las ganancias eventuales, por trabajo extraordinario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375072-3511529d/salario-minimo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6188/42. García Luis. 19 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y relator: Roque Estrada.
Jurisprudencia relacionada
- SALARIO MINIMO. (s/clave)
- SALARIO MINIMO. (s/clave)
- SALARIO MINIMO. (s/clave)
- SALARIO MINIMO. CUANDO NO PUEDE DISMINUIRSE. (s/clave)
- SALARIO. (s/clave)
- SALARIO MINIMO, CASOS EN QUE NO OPERA EL PAGO DEL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis