TESTIGOS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
La razón del dicho de los testigos, no es bastante para tener fehacientemente demostrado el hecho de que la quejosa convino con el actor, en que el pago de salarios se haría cuando éste lo solicitara, pues para que el dicho fuera satisfactorio, sería necesario que los citados testigos indicaran la razón por la cual se encontraban presentes en el momento en que las partes celebraban el convenio relativo, así como la fecha o circunstancia en que aconteció el hecho, pues de otro modo, sería muy fácil preconstituir una causa interruptiva con el simple hecho de presentar dos testigos que declarasen con vaguedad sobre lo que se les pregunta; y si la Junta responsable estimó con fuerza de prueba plena, las indicadas declaraciones, con ello violó las normas básicas de apreciación de la prueba testimonial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375262-ad474171/testigos-en-el-procedimiento-obrero · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TESTIGOS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, RAZON DEL DICHO DE LOS. (s/clave)
- TESTIGOS ANTE LAS JUNTAS. (s/clave)
- TESTIGOS DEL ACTOR, SON NULAS LAS REPREGUNTAS DEL DEMANDADO CUANDO HAY DESISTIMIENTO DE LA PRUEBA DE.- (507)
- TESTIGOS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, CUANDO NO DEBE DIFERIRSE LA FECHA DE DESAHOGO DE LA PRUEBA DE. (s/clave)
- TESTIGOS DEL ACTOR, SON NULAS LAS REPREGUNTAS DEL DEMANDADO CUANDO HAY DESISTIMIENTO DE LA PRUEBA DE. (s/clave)
- TESTIGOS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis