SINDICATOS, MAYORIA DE LOS.
Aun cuando es cierto que el medio más utilizado para definir las mayorías en los conflictos intergremiales, es el recuento de los trabajadores en presencia de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, también lo es que no existe ninguna disposición legal que limite a este medio único, la prueba de las mayorías componente de cualquier organización, por lo que no puede afirmarse que la Junta respectiva haya infringido precepto legal alguno, cuando fundándose en los elementos probatorios que le aportaron las partes, decidió sobre el número de los componentes de cada una de las organizaciones en contienda y definió que la mayoría correspondía al sindicato actor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375426-08f87aa6/sindicatos-mayoria-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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