AGRAVIOS.
Propiamente no constituyen agravios, las objeciones que no contengan la cita de algún precepto legal infringido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375475-66943625/agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 593/43. Sosa Agustín.- 24 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: José M. Mendoza Pardo.
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