POLICIAS ASIGNADOS A UN SERVICIO ESPECIAL.
Aun cuando en autos conste que un particular ha pagado determinadas sumas a un agente de policía, designado especialmente para ejercer la vigilancia en el local de una empresa, esto no le da a la misma el carácter de patrono, respecto del policía, puesto que la actuación de éste, se deriva del nombramiento que le fue conferido por el gobierno, y las funciones que desempeñaba eran representativas del poder público, por lo que no puede aceptarse que haya existido un contrato de trabajo entre el policía y la empresa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375892-eee0d589/policias-asignados-a-un-servicio-especial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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