POLICIAS, AL SERVICIO DE PARTICULARES, NO SON TRABAJADORES.
Aun cuando una empresa pague a unas personas los sueldos que tienen señalados, si esto no era debido a que se les considerara como trabajadores, bajo la inmediata dependencia de aquélla, sino que, tratándose que desempeñaban servicios especiales, era una cooperación la que se lleva a cabo en favor del gobierno, porque tenían el carácter de agentes de la policía, designados por las autoridades, lo que está debidamente acreditado, tanto por los nombramientos que fueron exhibidos como por las constancias de los servicios prestados, la Junta respectiva no viola los artículo relativos de la Ley Federal del Trabajo, toda vez que, de acuerdo con lo preceptuado por el artículo 550 de la propia ley, tiene facultades para conceder valor probatorio a las constancias mencionadas para apreciarlas en conciencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379860-8b7571e8/policias-al-servicio-de-particulares-no-son-trabajadores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- POLICIAS ASIGNADOS A UN SERVICIO ESPECIAL. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO, NO ESTAN EN SITUACION JURIDICA IDENTICA A LA DE LOS TRABAJADORES EN GENERAL. (s/clave)
- POLICIAS BANCARIOS. PAGO DE HABERES AL REINSTALARLOS. (s/clave)
- POLICIA BANCARIA E INDUSTRIAL, NO EXISTE RELACION LABORAL ENTRE LAS PERSONAS QUE PERTENECEN AL CUERPO DE, Y LAS EMPRESAS DONDE SON COMISIONADAS. (s/clave)
- TRABAJADORES, FALTA DE PROBIDAD DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis