PRUEBA CONFESIONAL, EN MATERIA DE TRABAJO.
La Suprema Corte de Justicia ha resuelto que se viola el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo, cuando la Junta dicta un acuerdo en el sentido de no admitir la prueba confesional, sin causa debidamente justificada; por tanto, si de autos no aparece que la Junta hubiera resuelto sobre la calificación de la prueba confesional ofrecida por la quejosa, por lo que de hecho no la admitió, dejándola, por tanto, sin defensa, procede conceder el amparo que en el caso se solicite, por violación del citado artículo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/376309-eac200a5/prueba-confesional-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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