TRABAJO, PRUEBA CONFESIONAL EN MATERIA DE.
Si además de que no se cite precepto alguno legal que hubiese sido aplicado inexactamente por una Junta, se tiene en cuenta que si se declaro confeso al patrono, en un conflicto de trabajo, fue porque a pesar de haber sido legalmente citado no compareció a la audiencia respectiva, resulta evidente que el hecho de darlo por confeso, al tenor de las posiciones que se le articularon, estuvo ajustado a la prevención contenida en el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo.-
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379506-4f011952/trabajo-prueba-confesional-en-materia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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