INDEMNIZACION POR RIESGO, SI NO SE PRUEBA EL DERECHO A LA, NO ES NECESARIO ESTUDIAR SI ESTE ES PROFESIONAL.
Si la Junta señalada como responsable, después de estudiar las pruebas rendidas por la parte actora, para acreditar su derecho al pago de la indemnización por muerte de un trabajador, concluye estimando que no quedó la demostrada la dependencia económica, esto es, que no se demostró el hecho único en que se fundó el interés de la actora para entablar la acción, es inconcuso que la Junta no estuvo obligada a estudiar si efectivamente la muerte del trabajador fue producida por un riesgo de trabajo, pues tal estudio resultaría innecesario, ya que aun cuando efectivamente se comprobara esto último, el resultado del juicio serían idéntico para la actora, por no haber demostrado su derecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/376420-73bfed04/indemnizacion-por-riesgo-si-no-se-prueba-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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