TRABAJO, LITIS CONTESTATIO EN MATERIA DE.
Las Juntas tienen obligación de estudiar y decidir todas las cuestiones que se hubieren planteado en el conflicto y si no lo hacen, debe concederse al quejoso la protección federal, para el único efecto de que la Junta responsable dicte un nuevo laudo en el que se estudien y decidan las cuestiones omitidas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/376536-5eb04eeb/trabajo-litis-contestatio-en-materia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9974/41. Ríos Alberto y coagraviado. 10 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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