Corpus
Modo: Corpus Pro

TRABAJADORES, REMOCION DE LOS, A OTROS PUESTOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 376700 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4882

Aunque el criterio de la Cuarta Sala de la Suprema Corte ha sido en el sentido de que cuando se señalen a un trabajador labores diversas de aquéllas para las que fue contratado, éste puede, sin responsabilidad, negarse a obedecer, y que el cambio arbitrario impuesto por el patrono, debe equipararse a la separación injustificada, en los términos de la fracción IX del artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo, sin embargo, si la empresa demandada justifica su proceder, sosteniendo como excepción en la audiencia respectiva, que se vio en la necesidad precisa de reorganizar el funcionamiento de sus oficinas, debido a que el empleado, por su mal carácter, en lugar de llevar relaciones cordiales con las autoridades con quienes la empresa tenía asuntos que tratar, franca y personalmente se enemistó con ellas, lesionando con esto los intereses de la misma empresa, hasta el grado de recibir la advertencia de aquéllas, de cortar sus relaciones con la empresa, si el trabajador seguía en determinado puesto, en tal caso la remoción llevada a cabo por la empresa, debe estimarse justificada.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/376700-a5bcb31a/trabajadores-remocion-de-los-a-otros-puestos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 591/42. Casavantes A. José. 10 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: José María Mendoza Pardo.

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