REVOCACION.
Antes de resolverla, debe ser oída en audiencia la parte contraria.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377008-82893ccf/revocacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 6657/36. Ferrocarriles Nacionales de México. 24 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez. Excusa: Roque Estrada.
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