TRABAJO, OMISION DE LA AUDIENCIA DE RESOLUCION EN EL PROCEDIMIENTO DE.
La falta de la audiencia de resolución consignada en el artículo 538 de la Ley Federal del Trabajo, implica una violación substancial del procedimiento, ya que se trata de un tribunal colegiado, del que no puede decirse que ha actuado en el momento de resolver, en tanto no se reúna para ese efecto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377175-e1a3572c/trabajo-omision-de-la-audiencia-de-resolucion-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2090/41. Sociedad Concordia de Protección Mutua. 19 de noviembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: José María Mendoza Pardo.
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