AMPARO, NATURALEZA DEL.
Dada la naturaleza del juicio de amparo, éste no constituye una instancia de revisión de los actos de las autoridades señaladas como responsables, sino que debe concretarse al estudio de las cuestiones que, en forma legal se plantean debidamente en la demanda, a fin de precisar si existen o no las violaciones de garantías que en ella se aducen.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377192-9073d14a/amparo-naturaleza-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6817/41. Domínguez Victoriana y coagraviada. 24 de noviembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.
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