PERSONAS EXTRAÑAS AL JUICIO, TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL AMPARO POR LAS.
El término de quince días para la interposición del amparo, debe contarse desde la fecha en que los actos reclamados se hayan hecho saber al interesado, lo que no puede realizarse dentro del procedimiento civil, sino mediante la notificación correspondiente, si el quejoso es parte en el mismo, porque éste es el medio consignado en la ley, para hacer saber las resoluciones judiciales; pero cuando se trata de un extraño al procedimiento, el término debe contarse desde la fecha en que se demuestre objetivamente, que el afectado con el acto que se reclama, tuvo conocimiento del mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377430-d8719982/personas-extranas-al-juicio-termino-para-la-interposicion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PERSONAS EXTRAÑAS AL JUICIO. (s/clave)
- AMPARO, TERMINO PARA SU INTERPOSICION (PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO). (s/clave)
- TERCERO EXTRAÑO A JUICIO. EL PLAZO GENÉRICO DE QUINCE DÍAS PARA LA PROMOCIÓN DEL AMPARO INDIRECTO NO DEBE COMPUTARSE A PARTIR DE LA EMISIÓN DE CADA ACTO TENDENTE A LOGRAR LA EJECUC (I.3o.C.84 K (10a.))
- AMPARO. COMPUTO DEL TERMINO PARA INTERPONERLO. (s/clave)
- PERSONAS EXTRAÑAS AL JUICIO. (s/clave)
- DEMANDA DE AMPARO. TERMINO PARA SU INTERPOSICION POR TERCERO EXTRAÑO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis