Corpus
Modo: Corpus Pro

DEMANDA DE AMPARO, PRESENTACION EXTEMPORANEA DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 377442 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 4842

Presentada la demanda de garantías en el juzgado correspondiente, después del término que concede el artículo 21 de la Ley de Amparo, se impone dictar el sobreseimiento obedeciendo lo preceptuado en las fracciones XII y III de los artículos 73 y 74 del mismo ordenamiento, respectivamente; sin que tenga aplicación la prevención contenida en la fracción IV del artículo 24, también del mismo ordenamiento, si el quejoso tenía apoderado en el lugar del juicio, ya que éste pudo presentar la demanda en tiempo, por lo que no puede existir motivo ni razón legal alguna, para que se amplíe el término que para la presentación de la demanda fija la ley, por razón de la distancia.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377442-5e412477/demanda-de-amparo-presentacion-extemporanea-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 3691/41. Salgado Manuel. 25 de septiembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.

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