PRUEBA PERICIAL ANTE LAS JUNTAS.
Es violatorio de garantías el hecho de que una Junta de Conciliación y Arbitraje funde su resolución en el dictamen emitido por el perito tercero en discordia, si consta que dicho perito no ciñó su dictamen a la resolución de todos los puntos que le fueron sometidos por las partes para su decisión técnica, ni contestó el cuestionario que dichas partes formularon para ese efecto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377503-93cac8c5/prueba-pericial-ante-las-juntas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8928/40. Mexican Zinc Company, S. A. 23 de abril de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Mendoza Pardo.
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