DESPIDO, PRESCRIPCION DE LA ACCION DE.
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje pueden decidir respecto de si la acción para despedir a un trabajador, se encontraba o no prescrita, en el momento de su separación, con referencia a los actos que se aducen como justificativos del despido de que se le hace objeto, aun cuando en el juicio arbitral correspondiente, no se haya aducido por la parte actora, esa defensa, si el demandado no contrademandó a su vez, al actor, la rescisión del contrato de trabajo sin responsabilidad de su parte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378219-1bc9b32e/despido-prescripcion-de-la-accion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 673/40. Compañía "Productos tos de Maíz", S. A. 17 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.
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