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Modo: Corpus Pro

OBREROS, SUSPENSION CONTRA LA ORDEN PARA QUE SE RETENGA EL FONDO DE AHORROS DE LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 378231 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1428

El fondo de ahorros de un obrero, que obra en poder del patrono, no tiene la condición de salario, que es a lo que se refieren las disposiciones de los artículos 91 y 95 de la Ley Federal del Trabajo. las cantidades que pasan a formar el fondo de ahorros, constituyen un derecho de naturaleza distinta al que se tiene para la percepción de los salarios, ya sea que se constituya ante el patrono o ante una institución bancaria, pues esta circunstancia no modifica la existencia del crédito, ya que son distintos los derechos que derivan de las dos situaciones, y no puede aceptarse que las cantidades que forman el fondo de ahorros, sean protegidas por los citados artículos de la Ley Federal del Trabajo, cuya finalidad no es otra, que la de que el trabajador no deje de percibir el salario, por ser éste indispensable para la atención de sus necesidades; finalidad que no tienen las cantidades que se destinan a la formación de un fondo de ahorro. En consecuencia, no debiendo estimarse como salarios los créditos en cuentas de ahorros, no está obligado el patrono a hacer el pago doble de dichos ahorros, en el supuesto de que por acuerdo de la autoridad judicial fueran mandados a entregar a persona distinta del depositario; no causándose, por lo tanto, perjuicio al patrono, con dicho acto; la suspensión debe negarse contra la orden judicial para que el patrono retenga el fondo de ahorros de un obrero, que fue embargado por la autoridad judicial.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378231-69fa201f/obreros-suspension-contra-la-orden-para-que-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Tomo LXIV, página 4082. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 759/40. Petróleos Mexicanos. 22 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXIV, página 1428. Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 9043/39. "Petróleos Mexicanos". 22 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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