ESTATUTO JURIDICO, LAUDO ANTICONSTITUCIONAL EN RELACION CON EL.
Si bien es cierto que el artículo 113 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio del Estado, establece que las resoluciones dictadas por el Tribunal de Arbitraje, son inapelables, y deben ser cumplidas desde luego, también es exacto que esas resoluciones deben cumplirse sin violar garantías constitucionales, por lo que si una persona no es parte en una contienda que culmina con un laudo, ni ha sido oída en defensa, ese laudo puede causarle perjuicios y por consiguiente, debe otorgársele la protección constitucional que solicite.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378339-1486903f/estatuto-juridico-laudo-anticonstitucional-en-relacion-con-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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