Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

TRABAJADORES, PERSONAS QUE TIENEN DERECHO A LA INDEMNIZACION POR MUERTE DE LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 378428 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1539

El artículo 297 de la Ley Federal del Trabajo, establece que la indemnización que corresponde a los deudos de un obrero fallecido en un accidente de trabajo, se pagará a las personas que dependan económicamente de aquél, pero solamente a falta de la esposa y de los hijos legítimos y naturales que sean menores de 16 años y a falta también, de ascendientes; por lo que si una persona al formular su reclamación se ostenta como hermana del obrero fallecido, esa sola circunstancia la excluye del derecho de percibir la indemnización, si aparece comprobado y así lo reconoce el laudo respectivo, que dos menores de la edad indicada, eran hijos naturales del mencionado obrero, pues a ellos corresponde la indemnización, de acuerdo con el citado precepto, siendo, por consiguiente inútil entrar al examen de las pruebas rendidas por la reclamante a que se ha hecho referencia.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378428-7c57ac81/trabajadores-personas-que-tienen-derecho-a-la-indemnizacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 4783/38. Góngora Elena. 9 de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis