JUNTAS, AMPARO CONTRA LOS LAUDOS DE LAS, POR FALTA DE APRECIACION DE LAS PRUEBAS.
Si se alega que se violaron los artículos 550 y 551 de la Ley Federal del Trabajo, bien porque una Junta no estudió ni decidió todas las cuestiones propuestas, o porque dejó de analizar algunas de las pruebas rendidas, o bien, porque supuso pruebas que no existen, no es de admitirse esa alegación, si no se expresan los motivos por los cuales se dice que el laudo no es claro ni congruente con la demanda, ni resuelve sobre las acciones y excepciones que se hicieron valer, y tampoco se dice cuáles son los hechos probados que dejó de tomar en cuenta la Junta, ni se especifican las pruebas que no hubiese apreciado, ni se especifican los hechos violatorios en que se funda tal afirmación, y además, si en el mismo laudo se estudiaron las cuestiones en que descansa la demanda y la reconvención, así como las excepciones opuestas, analizándose correctamente las pruebas que fueron aportadas por las partes, sin que sea exacto que se supongan pruebas para concluir que el trabajador justificó las acciones ejercitadas y no hizo lo mismo el demandado con su contra demanda, por lo que en esas condiciones, es claro que con ese laudo no se causa violación constitucional alguna.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378932-ba0c8168/juntas-amparo-contra-los-laudos-de-las-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- JUNTAS, DEBEN DESAHOGAR LAS PRUEBAS QUE ADMITAN. (s/clave)
- LAUDOS, INCONGRUENCIA DE LOS. (s/clave)
- LAUDOS EN CONCIENCIA. (s/clave)
- JUNTAS, APRECIACION DE PRUEBAS, POR LAS. (s/clave)
- PRUEBAS, APRECIACION DE LAS, POR LAS JUNTAS. (s/clave)
- JUNTAS, PRUEBAS NO APORTADAS ANTE LAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis