CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO, HUELGAS CON MOTIVO DE LOS.
Si la revisión del contrato colectivo de trabajo no se solicitó oportunamente, de acuerdo con lo que previene el artículo 56 de la ley federal respectiva, esa revisión no puede dar lugar a un movimiento de huelga, apoyándose en la fracción III del artículo 260 del propio ordenamiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379022-193b664b/contratos-colectivos-de-trabajo-huelgas-con-motivo-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2745/39. Sindicato "Centro Social de Choferes", De Jalapa. 22 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Salomón González Blanco.
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