JUNTAS, VALOR PROBATORIO DE LAS DECLARACIONES POR ESCRITO ANTE LAS.
Las declaraciones escritas de personas extrañas al juicio, deben equiparse a la prueba testimonial, y, consecuentemente, recibieron en la forma establecida por la ley, en relación con dicha prueba o sea, dando oportunidad a la parte contraria para que repregunte a los testigos y haciendo que éstos ratifiquen sus firmas y el contenido de sus declaraciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379617-18b2ef1a/juntas-valor-probatorio-de-las-declaraciones-por-escrito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4486/38. Espinoza Carmen. 10 de noviembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos Relator: Alfredo Iñárritu.
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