AGRAVIOS INFUNDADOS.
Si el agravio que se alega en contra de una sentencia pronunciada por un Juez de Distrito, no contiene razonamiento jurídico alguno, ni tampoco se expresan las razones por las que el quejoso no está conforme con los fundamentos que invoca el propio Juez, en su sentencia, tal agravio es infundado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379843-29e8f6d7/agravios-infundados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3039/38. Yip Antonio. 9 de agosto de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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