JUNTAS, PRUEBA DOCUMENTAL ANTE LAS.
Los documentos de terceros extraños al juicio, que las partes presenten como prueba, no son otra cosa que informaciones testimoniales, que deben recibirse conforme a lo dispuesto por el artículo 524 de la Ley Federal del Trabajo, o sea, por medio de la comparecencia de los testigos ante la Junta, para que las partes puedan interrogarlos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379922-4ae016a5/juntas-prueba-documental-ante-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3187/38. Ordóñez Celso G. 8 de septiembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.
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