EMPLEADOS, CESE DE.
Si los emolumentos de los servidores públicos son a compensación de sus servicios, y dejan de prestarlos por haber sido cesados en su empleo, no tienen derecho a sueldos que no se causaron en la época de la cesación y la de la restitución del cargo, por lo que, el amparo que se conceda no puede tener el efecto de que se paguen los emolumentos correspondientes al mencionado periodo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380531-d9580ab2/empleados-cese-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4901/37. López G. José. 12 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.
Jurisprudencia relacionada
- CESE DE EMPLEADOS, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA EL. (s/clave)
- EMPLEADOS PUBLICOS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA SU CESE. (s/clave)
- EMPLEADOS PUBLICOS, SUSPENSION CONTRA EL CESE DE LOS. (s/clave)
- EMPLEADOS PUBLICOS SUELDO DE LOS, EN CASO DE REMOCION. (s/clave)
- EMPLEADOS PUBLICOS, EFECTOS DEL AMPARO EN CONTRA DEL CESE DE. (s/clave)
- EMPLEADOS PUBLICOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE CESE DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis