TRABAJO, PRESCRIPCION EN MATERIA DE.
Si ante la Junta no se alegó que la prescripción había sido interrumpida, y sólo hasta en el juicio de amparo se enunció el problema de la interrupción de la prescripción, no puede ocuparse la Suprema Corte de la resolución de tal problema, porque ante la Junta no se planteó el estudio de la cuestión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380749-fbf6e169/trabajo-prescripcion-en-materia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2437/37. Sindicato de Ferrocarrileros de la República. 10 de septiembre de 1937. Mayoría de tres votos. Disidentes: Xavier Icaza y Salomón González Blanco. Relator: Octavio M. Trigo.
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