ENFERMEDADES NO PROFESIONALES, COMPROBACION DE LAS.
Si de un certificado médico y de una acta de defunción, aparece que un trabajador falleció de bronconeumonía, enfermedad que no está clasificada entre las profesionales, y por otra parte, si no hay constancia alguna que justifique que esa enfermedad haya sido contraída en el ejercicio o a consecuencia del trabajo que desempeñaba dicho trabajador, ninguna violación se comete, absolviendo a la parte demandada de la reclamación que en su contra se formule, exigiendo indemnización por la muerte de dicho trabajador, toda vez que la Cuarta Sala de la Suprema Corte ha sostenido en diversas ejecutorias, que cuando se trate de enfermedades que la citada ley no considera como profesionales, corresponde probar al obrero o a sus deudos, que tal enfermedad fue contraída en el trabajo o como consecuencia del mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380848-ad256c4e/enfermedades-no-profesionales-comprobacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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