JUNTAS, PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER ANTE LAS.
La Suprema Corte ha sostenido que las partes no tienen derecho alguno para solicitar diligencias para mejor proveer y que aun en el supuesto de que hubieren sido acordadas y no practicadas, ninguna disposición procesal se viola en perjuicio de los litigantes ni se les priva de derecho alguno; pero la situación cambia totalmente cuando la prueba se ha recibido, porque entonces liga a la autoridad sentenciadora y la obliga, consiguientemente, a tomarla en consideración y a darle el valor probatorio que le corresponde; ya que de no ser así, se autorizaría al tribunal para que, no obstante que en el expediente aparece la verdad en determinado sentido, a pretexto de que esa verdad se obtuvo mediante una diligencia para mejor proveer, pudiera dictar una resolución contraria a ella, o lo que es lo mismo, contraria a la justicia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381003-4c964805/juntas-pruebas-para-mejor-proveer-ante-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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