JUNTAS, PRUEBA DE TESTIGOS ANTE LAS.
Si las Juntas examinan a los testigos presentados por una de las partes, no al tenor del interrogatorio respectivo, sino formulándoles preguntas distintas, esto constituye una violación substancial del procedimiento, que amerita la concesión del amparo, para el efecto de que reciba la prueba testimonial, en los términos en que fue propuesta
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381182-6630f864/juntas-prueba-de-testigos-ante-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo. Compañía Minera de Peñoles, S. A. 7 de octubre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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