SALARIOS, NIVELACION DE LOS.
Si una empresa, pasando sobre las estipulaciones del contrato de trabajo, otorga a determinado empleado, mayor salario del que debe corresponder según el contrato respectivo, por ese solo hecho reconoce implícitamente que ese trabajo debe ser mejor remunerado, y si el empleado en cuestión desempeña los mismos servicios, dentro de reconocida igualdad de condiciones y eficiencia, respecto de otros trabajadores o empleados, es evidente que a todos por igual, debe corresponder, en su retribución, el aumento de la diferencia resultante, ya que de lo contrario se violaría en perjuicio de los trabajadores, a quienes no se otorgara el aumento de salarios correspondientes, de las disposiciones expresas contenidas en la fracción VII del artículo 123 constitucional y en el artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381384-c8538703/salarios-nivelacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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