ALIMENTOS, DESCUENTOS A LOS TRABAJADORES POR CONCEPTO DE.
Como los artículos 123 constitucional y 91 y 95 de la Ley Federal del Trabajo, protegen al trabajador no sólo como individuo sino como jefe de familia, no puede aceptarse que el mismo esté exento de la obligación de suministrar a sus familiares, los medios necesarios para su subsistencia; razón por la que, cuando el trabajador se niega a cumplir con esta obligación, sus familiares tienen derecho a solicitar y obtener el embargo de la parte proporcional del salario de aquél, porque la prohibición contenida en los artículos citados de la Ley Federal del Trabajo, se refiere exclusivamente a las reclamaciones que pudieran presentar los patronos y terceras personas, y sería además altamente inmoral favorecer al trabajador hasta colocarlo en el caso de negar alimentos a sus hijos, poniéndolo al abrigo de toda coacción para obligarlo al cumplimiento del deber.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381646-ca5eea25/alimentos-descuentos-a-los-trabajadores-por-concepto-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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