TRABAJADORES, DESCUENTOS A LOS, PARA EL PAGO DE PENSIONES ALIMENTICIAS.
La Cuarta Sala de este Alto Tribunal ha interpretado el artículo 95 de la Ley Federal del Trabajo en el sentido de que los descuentos en los salarios de los trabajadores para el pago de pensiones alimenticias a que estén obligados, son legales, ya que, de lo contrario, se llegaría a la absurda conclusión de que, siendo la Ley Federal del Trabajo y nuestra Constitución, protectoras del patrimonio de los obreros, como jefes de familia, esa misma protección deba llevar a la inmoralidad de proteger al trabajador que niegue alimentos a la familia de que es jefe y en virtud de cuya característica, precisamente, se protegen sus salarios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377527-2278858b/trabajadores-descuentos-a-los-para-el-pago-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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