TRABAJADORES, SEPARACION INJUSTIFICADA DE LOS.
La Cuarta Sala de la Suprema Corte ha establecido, en diversas ejecutorias, que estando ambas partes de acuerdo en la existencia del contrato de trabajo, es el patrono a quien corresponde demostrar que el trabajador continúa en servicio o que lo abandonó voluntariamente, para no reportar la obligación de indemnizarla, en los términos que éste lo solicite, pero si con motivo de una reclamación que formule el obrero, niega el patrono la demanda y firma que fue aquél quien se separó por su propia voluntad, aportando como prueba un documento, en el que el trabajador declara que se separa voluntariamente, aun cuando el propio trabajador alegue que es falso el contenido de tal documento, si la Junta respectiva no tiene por probada tal reservación, en virtud de que no existe dato alguno que se hubiera ejercido coacción para la firma del mencionado documento, ninguna garantía individual se viola en perjuicio del trabajador, si la expresada Junta absuelve al patrono de la reclamación que en su contra se formule.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381798-5799161b/trabajadores-separacion-injustificada-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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