LAUDOS, GASTOS DE EJECUCION DE LOS.
El artículo 592 de la Ley Federal del Trabajo, se refiere a los gastos originados en la ejecución de un laudo, dentro del propio procedimiento de trabajo, sin comprender los que se verifiquen en otro diverso, como es el de amparo; pues en tal caso, la ley reglamentaria de este juicio es la que se debe aplicar por el Juez de la materia, y no por el del trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381924-6502f907/laudos-gastos-de-ejecucion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5743/35. Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de marzo de 1936. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Salomón González Blanco. Relator: Vicente Santos Guajardo.
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